viernes, 24 de julio de 2015

LA CONSTITUCIÓN FRANCESA DE 1791


Antes de la Constitución, fue aprobado un REGLAMENTO ELECTORAL que no estaba muy en consonancia con la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (Robespierre lo señaló en diversas ocasiones). Este Reglamento dividía a los ciudadanos en:
  1. ACTIVOS. Con derecho a voto. Hombres mayores de 25 años que pagaban un impuesto directo igual a tres días de trabajo. Eran unos 4,3 millones que debían designar a los electores y éstos a los diputados. Para ser elegido diputado había que pagar una renta aún mayor (dependiendo de la zona debían pagar impuestos directos al equivalente a 150-400 jornadas de trabajo)
  2. PASIVOS. El resto, sin derecho a voto.

El poder quedaba en manos de la burguesía mientras el pueblo quedaba marginado de la vida política.


Carnet de Ciudadano Activo

El objetivo fina de la Asamblea Nacional Constituyente era dotar a Francia de una constitución, así que la Constitución de 1791 fue su obra final.
Los Tres Estados colaboran en la forja de la Constitución,
Ahora el Tercer Estado ocupa el centro.

La CONSTITUCIÓN ESTABLECÍA:
  • SOBERANÍA NACIONAL.
  • MONARQUÍA HEREDITARIA CONSTITUCIONAL como forma de gobierno. Se limitaban los poderes del rey cuya autoridad queda sometida a la ley: "no hay en Francia autoridad superior a la ley". Sin embargo, aún conservaba bastantes prerrogativas, por ejemplo tenía derecho a veto suspensivo por dos legislaturas, eligía y revocaba a los ministros... pero no puedía disolver la Asamblea. El Rey tomó el título de REY DE LOS FRANCESES. 
  • DIVISIÓN DE PODERES.
  • Asamblea UNICAMERAL elegida por dos años. Se rechazó la existencia de una Cámara Alta, al estilo inglés, para no crear una cámara aristocrática. Se eligía, como se ha señalado, por SUFRAGIO CENSITARIO. Tenía muchos poderes: iniciativa legal, aprobación de las leyes, voto exclusivo del presupuesto, declaración de guerra y paz... La división de poderes se hizo en beneficio del legislativo.

EDITORIAL VICENS VIVES


CONSTITUCIÓN DE 1791. TITULO III: LOS PODERES PÚBLICOS

Artículo Primero. - La Soberanía es una, indivisible, inalienable e impresciptible. Pertenece a la Nación; ninguna sección del pueblo ni ningún individuo puede atribuirse su ejercicio.

2. La Nación, de la que emanan todos los Poderes, no puede ejercerlos más que por delegación.- La Constitución francesa es representativa: los representantes son el Cuerpo legislativo y el Rey.

3. El Poder legislativo se delega en una Asamblea Nacional compuesta por representantes temporales, libremente elegidos por el pueblo, para ser ejercido por ella, con la sanción del Rey, de la manera que después se determinará.

4. El gobierno es monárquico: el Poder ejecutivo se delega en el Rey, para ser ejercido bajo su autoridad por los ministros y otros agentes responsables, de la manera que después se determinará.

5. El Poder judicical se delega en los jueces elegidos de tiempo en tiempo por el pueblo.

  

TEXTO COMPLETO EN:

http://www.historiaconstitucional.com/index.php/historiaconstitucional/article/view/115/99

No hay comentarios:

LinkWithin

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...