"..... Después de firmada la proclamación que estableció el fin de la esclavitud y que esta no podría ocurrir otra vez, se adoptaron tres enmiendas a la Constitución para clarificar lo que significaba el nuevo estatus para los ex esclavos, los descendientes de africanos y otras razas, incluyendo algunos blancos que habían estado bajo servidumbre forzada.
Conocidas como las enmiendas de la Reconstrucción son la 13, 14 y 15 que, respectivamente, otorgan protección igual ante la ley, dan los mismos privilegios a todos los ciudadano y conceden el derecho al voto.
A pesar de las enmiendas, hubo muchos obstáculos y desafíos, desde la liberación física de todos los esclavos, su integración a la sociedad y el desarrollo de las relaciones interraciales.
"No había aún una estructura que pudiera hacer respetar esas leyes y garantizar esos derechos, privilegios y libertades para los negros", explicó a BBC Mundo Hilary Shelton, director en Washington y vicepresidente de política y apoyo de la Asociación Nacional para la Promoción de Personas de Color (NAACP, por sus siglas en inglés).
Las enmiendas a las que se refiere el artículo fueron aprobadas algo más tarde, pero, efectivamente, son una consecuencia de esta proclamación del presidente Lincoln:
La XIII Enmienda abolía la esclavitud, fue propuesta el 31 de enero de 1865 y ratificada el 6 de diciembre de 1865
Sección 1.
Ni la esclavitud ni la servidumbre involuntaria existirán en los Estados Unidos o en cualquier lugar sujeto a su jurisdicción, salvo como castigo por un delito del cual la persona haya sido debidamente convicta.
La XIV Enmienda, que hace referencia a los Derechos Civiles, fue propuesta el 13 de junio de 1866 y ratificada el 9 de julio de 1868.
Sección 1.
Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción, será ciudadana de los Estados Unidos y del Estado en el que resida. Ningún Estado aprobará o hará cumplir ley alguna que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ni ningún Estado privará a persona alguna de su vida, su libertad o su propiedad sin el debido procedimiento legal; ni negará a nadie, dentro de su jurisdicción, la protección de las leyes en un plano de igualdad.
Sección 1
Ni los Estados Unidos ni ningún estado de la Unión podrán negar o coartar el derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos al sufragio por razón de raza, color o condición previa de servidumbre.
La aplicación de estas enmiendas encontró múltiples obstáculos y su plena realización tardó verse plasmada en los Estados Unidos; pero fueron un primer paso.
2 comentarios:
Y el derecho al voto a los indios o nativos del país. ¿No se cumplió?
Y el derecho al voto a los indios o nativos del país. ¿No se cumplió?
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