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sábado, 4 de julio de 2015

CAUSAS DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA, LAS NUEVAS IDEAS POLÍTICAS (II): MONTESQUIEU







Montesquieu nació el 18 de enero de 1689 en el castillo de La Brède, cerca de Burdeos, en el seno de una familia perteneciente a la nobleza "de toga". Siguiendo la tradición familiar estudió derecho en Burdeos y en París. En 1716 heredó de su tío el título de Barón de Montesquieu. Presidió durante varios años el Parlamento de Burdeos. Viajó por diversos países europeos y vivió algunos años en Inglaterra declarándose un gran admirador de su constitución política.

En 1748, publicó de forma anónima su obra más importante "EL ESPÍRITU DE LAS LEYES" que fue acogida muy fríamente y, desde algunos sectores, con fuertes críticas. En esta obra trata de explicar la razón de por qué en un país determinado hay una legislación determinada. 






Sin embargo, su teoría más conocida y de mayor influencia en la teoría y práctica política es la 
de la DIVISIÓN DEL PODER EN TRES 
(LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL). Aunque, según Touchard, es raro que pusiera en esta teoría  lo esencial de su pensamiento político.Concibe la DIVISIÓN DE PODERES como una teoría de CONTRAPESOS: "es preciso que el poder detenga al poder". 

Esta idea ha llegado hasta nuestros días; hoy, se considera la SEPARACIÓN DE PODERES como una de las BASES DE LA DEMOCRACIA.

Sin embargo, recalca Touchard, que esta teoría no tuvo en Montesquieu el alcance que se le ha dado, lo que Montesquieu subraya es que no deben encontrase en las mismas manos, pero no preconiza una verdadera separación, más bien un EQUILIBRIO. El prefiere una ARMONÍA DE LOS TRES PODERES.


Parece que este equilibrio está destinado a consagrar un poder entre los demás: EL DE LA NOBLEZA. Señala Touchard que Montesquieu defiende los privilegios de los Parlamentos (Él presidía el de Burdeos) y los parece confundir con los de la nobleza a la que considera el sostén de la Monarquía. Defiende también la DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA como medio eficaz frente al despotismo.


“Hay en cada Estado tres clases de poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo de los asuntos que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de los que dependen del derecho civil. Por
el poder legislativo, el príncipe, o el magistrado, promulga leyes para cierto tiempo o para siempre, y enmienda o deroga las existentes. Por el segundo poder, dispone de la guerra y de la paz, envía o recibe embajadores, establece la seguridad, previene las invasiones. Por el tercero, castiga los delitos o juzga las diferencias entre particulares. Llamaremos a éste poder judicial, y al otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado. La libertad política de un ciudadano depende de la tranquilidad de espíritu que nace de la opinión que tiene cada uno de su seguridad. Y para que exista la libertad es necesario- que el Gobierno sea tal que ningún ciudadano pueda temer nada de otro. Cuando el poder legislativo está unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad porque se puede temer que el monarca o el Senado promulguen leyes tiránicas para hacerlas cumplir tiránicamente. Tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado del legislativo ni del ejecutivo. Si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez seria al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor. Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares”.
El Espíritu de las Leyes, Montesquieu


Se puede acceder al libro desde varios enlaces, por ejemplo:

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